La fuerza jurídica del Protocolo Familiar

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A partir de unificación del Código Civil y Comercial se ha modificado la importancia que este instrumento tenía para aquellas familias empresarias que pretendían legar a las futuras generaciones la continuidad de la empresa y que esta creciera en manos de aquellos que conservaran el vínculo sanguíneo que los unía a los fundadores.

 

Pasos previos a la planificación de la sucesión

En general los empresarios que se embarcaban en la aventura de planificar la sucesión encaraban un sinfín de acciones y de obstáculos.

 

Los fundadores debían trabajar en la búsqueda de asesores que los ayuden a fin de no caer en las subjetividades y que los afectos conspirasen contra la necesaria racionalidad que se requiere.

 

Debían actuar sobre la familia para que las decisiones que se tomasen permitiesen la aceptación por parte de los componentes.

 

Adecuar la estructura de la organización a los cambios que cada conducción genera.

 

Definir la necesidad de recurrir o no a profesionales que todo crecimiento generase.

 

Crear órganos de gobierno, como ser Directorio, Consejo de Familia, Comité de Selección.

 

Finalmente dedicarse a la redacción del Protocolo Familiar. Una especie normativa y definiciones sobre aspectos como la misión y la visión de la empresa, y de normas de conducta. Un instrumento que permitiera resolver eventuales conflictos y donde todos los componentes de la familia se comprometían a respetar en función al compromiso que todos asumían.

 

Inconvenientes que presentaban

A lo largo de mi actividad profesional he verificado que costaba que las partes que habían asumido el compromiso llegado el momento de enfrentar el conflicto lo aceptaran. De esa manera se desvirtuaba esa herramienta.

 

He recomendado, en algunos casos, no firmar los acuerdos ya que ellos sólo constituían compromisos morales, carentes de efectos jurídicos.

 

Aunque no con la fuerza que hoy tienen esos acuerdos una vez firmados, aquellos servían de recuerdo para las personas, que aún actuando de buena fé, suelen olvidarse de los compromisos asumidos que, a su vez, se fundaron en tiempos y en circunstancias que varían con las formas de pensar de aquellos momentos con los que se dan en el presente.

 

Al considerar al socio como si fuera un inversor se dificulta la implementación de los acuerdos de familia.

 

En otros ha habido contingencias laborables ya que alguno de los socios ha podido llegar a considerarse en relación de dependencia.

 

También el fisco ha considerado la transmisión de acciones o cuotas partes como objeto de tributación.

 

De allí, que las últimas modificaciones han permitido valorizar el Protocolo Familiar y darle una fuerza que hasta entonces no tenía.

 

Los divorcios

Los divorcios traían aparejados derechos de los cónyuges no sanguíneos.

 

Los acuerdos prematrimoniales permiten y evitan que un fallecimiento incorpore a la empresa personas que poco tienen que ver con su historia.

 

Es importante también estar atento al tratamiento que se le dan a temas como ser las ganancias que se destinan a aportes irrevocables o ampliaciones de capitales que son de carácter ganancial, o las donaciones de los padres a sus hijos, estando estos casados, sin el consentimiento del cónyuge ya que también constituyen bienes gananciales.

 

Los cambios generados por la unificación del código civil y comercial.

 

Fortalecimiento legal del Protocolo Familiar

 

Pacto sobre herencia futura

El nuevo instrumento conserva, en su art. 110, la prohibición de los pactos sobre herencias futuras.

 

Sin embargo en el mismo artículo agrega que cuando se trate de explotaciones productivas o participaciones societarias de cualquier tipo, con miras a la conservación de la unidad de gestión empresarial o a la prevención o solución de conflictos futuros, pueden incluirse acuerdos y compensaciones con miras a no dañar la legítima que pueda corresponder a cada heredero.

 

Siempre que no esté afectada la legítima, ni los intereses del cónyuge, ni de terceros estos pactos son válidos aún sin conocimiento del causante. En todos los casos no deberán lesionarse los derechos del cónyuge o de los otros herederos cuando se produzca el fallecimiento del causante.

 

Reducción de la legítima

La unificación del código civil y comercial amplió la proporción de la disposición testamentaria que puede realizar el causante y pasó de un quinto a un tercio.

 

Esto permite planificar adjudicando a los herederos que han contribuido al sostenimiento y crecimiento de la empresa de disponer del control político y asegurarse que las decisiones estarán en manos de aquel o aquellos que sean más idóneos en el manejo de la empresa.

 

Fideicomiso accionario

Este es uno de los instrumentos más sólidos para fortificar la institución del Protocolo Familiar. En efecto, el socio fundador adquiere el carácter de fiduciante y al nombrarse al heredero elegido para ejercer el cargo de Fiduciario, se le está cediendo la administración.

 

Por supuesto que estas acciones pueden generar resistencia familiar por el poder que se le concede al fiduciario.

 

La novedad que incorpora el nuevo código es que fiduciante-fiduciario o fideicomisario pueden ser beneficiarios. Está es la razón de la fortaleza de este instituto, ya que el fiduciario puede ser elegido dentro del mismo grupo familiar.

 

Arbitraje

Se puede incluir en el Protocolo y suele ayudar a resolver cuestiones críticas en las relaciones. De esta manera, al reforzar esta figura permite designar a quienes estarán a cargo de resolver los conflictos.

 

Dado lo apretado de estos espacios, hemos pretendido hacer conocer en el ámbito empresario, herramientas que permiten alargar la vida de la empresa evitando, al prevenir, los eventuales conflictos que pudieran generarse a futuro.

 

No todos asumen encarar estas cuestiones. Para aquellos que lo hagan puede que logren tener éxito en el objetivo de prolongar la vida de las empresas familiares. Para los que no lo prevean es muy probable que el resultado final sea el fracaso.

 

 

Autor: Osvaldo Francisco Sfrégola
Fuente: mergersnews.com.ar
Informa: contadoresrosario.com